lunes, 8 de junio de 2015

SE FIRMÓ ACTA POR ANTEPROYECTO DE DECRETO DE DESGASTE PROFESIONAL >

 
SE FIRMÓ ACTA POR ANTEPROYECTO DE DECRETO DE DESGASTE PROFESIONAL

Incluye Reconocimiento de Desgaste en nuestra tarea, Jubilación Anticipada y Carácter de Jubilación Ordinaria

El Congreso Extraordinario del sábado 30/5 decidió promover el borrador de Decreto de Desgaste para los profesionales de la Salud de la Ley 10471, elaborado luego de varias reuniones con el Ministerio de Salud provincial. El pasado martes 2/6 se llevó a cabo una Mesa Técnica con la presencia de gremios y funcionarios ministeriales donde se concretó la firma de un Acta que viabiliza la propuesta consensuada.

Tras un intenso debate, el anteproyecto ya cursa su tramitación gubernamental que deberá finalizar con la firma del Gobernador Daniel Scioli. Durante la reunión, el Gobierno planteó un agregado de progresividad en la implementación y se comprometió a dar continuidad a las discusiones pendientes sobre los temas restantes, esto es propuesta de inicio de la promoción de las guardias de 12 horas y, fundamentalmente, el pase de guardia a planta una vez cumplidos una edad determinada y un lapso de tiempo en la tarea. Las últimas propuestas en este sentido están en los 45 años de edad y 15 de antigüedad en el servicio de guardia.

Dentro de los elementos a destacar en el acuerdo resaltan, en primer término, el reconocimiento de que nuestra tarea presenta factores de riesgo psicosocial cuyas exposiciones provocan un cuadro de desgaste laboral o agotamiento prematuro, cuestión que es un avance notable en relación a la situación anterior y que define nuestro planteo conceptual al respecto. A la vez, establece derecho a jubilación ordinaria a partir de los 50 años de edad y, como mínimo, 25 años de servicio; impone cargo deudor al IPS (Instituto de Previsión Social) a los agentes que se acojan al beneficio y define taxativamente la aplicación del artículo 42 de la Ley de Jubilación Ordinaria en lo que hace a determinar el porcentaje que corresponda cobrar por servicios que excedan las condiciones mínimas de edad y años de servicio.

Una consideración particular merece la postura de uno de los gremios intervinientes en la discusión (Sindicato de Salud Pública) que decidió excusarse de la firma del acta debido a que lo elaborado contenía mejores condiciones que el Decreto 58/15 de la Ley 10430, generando, entre otras cuestiones, un ámbito más inclusivo para su aplicación.

Resulta claro que los avances producidos hasta ahora no hubiesen sido posibles sin la fuerte decisión política de CICOP, condicionando la evolución de la Paritaria al tratamiento y definición del tema, así como generando una amplia participación del conjunto de las/os afiliadas/os en los contenidos del propio decreto. El momento actual nos impone la necesidad de velar por el cumplimiento de lo acordado, la inclusión del resto de los puntos de condiciones de trabajo aún en discusión y el abordaje de las temáticas pendientes. Deberemos seguir en estado de alerta para que todo esto se concrete.

No hay comentarios:

Publicar un comentario